LUXEMBURGO.- El Tribunal de Justicia de la Unión
Europea decidirá el miércoles si los afectados por las cláusulas suelo
abusivas de las hipotecas podrán recuperar el dinero que pagaron de más
desde que contrataron su préstamo o solo desde 2013, cuando el Tribunal
Supremo español se pronunció sobre el caso.
La corte
con sede en Luxemburgo dictará el 21 de diciembre una de las sentencias
más esperadas en España, que pondrá punto final a un caso
particularmente representativo de la crisis financiera en el país.
Si la máxima instancia judicial europea falla en contra
de la banca, la factura para el sector por las devoluciones podría
ascender a más de 7.000 millones de euros, según las estimaciones más
pesimistas.
Sin embargo, las perspectivas para las
entidades son, a priori, más halagüeñas que para sus clientes, dado que
el abogado general del Tribunal se posicionó en julio en contra de la
retroactividad y, aunque su opinión no es vinculante, las sentencias de
la corte suelen ajustarse al dictámen del jurista en la mayoría de los
casos.
El Tribunal comunitario debe pronunciarse
sobre la retroactividad de las devoluciones por las cláusulas suelo
después de que el Supremo español decidiese limitar en el tiempo los
efectos de la nulidad de las mismas, cuando las declaró abusivas y nulas
por falta de transparencia en su sentencia del 9 de mayo de 2013.
El alto tribunal español consideró entonces que los clientes no podían
comprender lo que significaban estas cláusulas en términos económicos,
pero decidió que los bancos solo tendrían que devolver los intereses
cobrados de más a partir de la fecha de su sentencia y recordó además
que su fallo no tenía carácter retroactivo.
Según
distintos cálculos, unos dos millones de españoles habrían pagado de
media 3.000 euros de más en sus hipotecas debido a estas cláusulas, que
se incluyeron en entre el 30 y 40 % de los contratos suscritos en
España.
Estas provisiones fijan un "suelo" mínimo que
debe pagar el cliente por su crédito, independientemente de las
variaciones en los tipos de interés y el euribor, lo que impidió que los
hipotecados se beneficiasen de los bajos tipos que se generalizaron en
Europa durante la crisis, mientras que la banca mantenía unos ingresos
garantizados.
Si el veredicto es contrario a la
banca, las entidades tendrán que desembolsar entre 5.000 y 7.600
millones de euros, según un informe del Banco de España, aunque otro
documento utilizado por BBVA y Banco Popular durante las vistas cifraba
el impacto en 5.800 millones.
De hecho, uno de los
factores que el Supremo tuvo en cuenta en 2013 a la hora de emitir su
sentencia fue el impacto que podría tener la nulidad en el entonces
frágil sistema bancario en España, que acababa de pedir un rescate a sus
socios europeos por hasta 100.000 millones de euros.
Tres años después y aun cuando el sector goza de mayor estabilidad,
como repite el Gobierno y corrobora Bruselas, el abogado general Paolo
Mengozzi esgrimió como argumento para respaldar a la banca "las
repercusiones macroeconómicas" de la devolución, dado el amplio uso que
se hizo de las cláusulas.
Durante la vista del
juicio, en abril, las defensas de los bancos demandados -BBVA, Banco
Popular y Cajasur- alegaron que si se hubiera exigido a los bancos la
devolución de estas cantidades "España habría tenido que ampliar el
programa de asistencia financiero acordado con la UE".
Si la banca recibió con optimismo la opinión del letrado, esta supuso
un revés para los demandantes y las organizaciones de usuarios, que
confiaban en que el expediente que Bruselas abrió en abril a España por
su legislación sobre ejecución hipotecaria era un signo positivo de cara
a una solución favorable al consumidor.
Organizaciones españolas como Asgeco, Facua, Adicae, Asufin o la CECU criticaron
que se había puesto la estabilidad financiera del país y los intereses
de la banca por delante de los derechos de los consumidores y llegaron a
tachar el dictámen de "indignante" y "escandaloso".
No hay comentarios:
Publicar un comentario