MADRID.- Un tribunal de Madrid dio
la razón a BlaBlaCar, aplicación móvil líder en viajes en coche
compartido, al desestimar una demanda por presunta "competencia desleal"
presentada por la confederación española de transporte en autobús
Confebús.
En un dictamen difundido, el
Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid estimó que BlaBlaCar, con sede en
París, no persigue con su actividad "ánimo de lucro" alguno, como
mantenía Confebús.
Según recoge el documento, esta
confederación había demandado a la plataforma digital argumentando que
actuaba como una "empresa de transporte sin las autorizaciones
correspondientes", cuyos conductores estarían incurriendo en un
beneficio ilícito.
Sin embargo, el juez desestimó la
denuncia contra Comuto Iberia, la filial regional de BlaBlaCar, por
considerar que no puede "entenderse que los precios que la plataforma
exige, orienta o como quiera definirse la regla que establece en su
página web, sean precios que persiguen un ánimo de lucro".
La
actividad de la 'start-up' "se centra única y exclusivamente en el
ámbito del transporte privado" y queda fuera de la regulación
establecida por la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre (LOTT),
precisó.
La decisión, que podrá ser recurrida en un plazo
de 20 días, es una victoria para BlaBlaCar en España, país donde opera
desde 2010 y tiene 3,5 millones de usuarios.
"La
sentencia viene a reforzar la idea de que BlaBlaCar no es una empresa de
transporte y que sus usuarios no están haciendo una actividad
profesional, sino compartir coche" y los gastos derivados del trayecto,
comentó el jefe de BlaBlaCar para España y Portugal, Jaime
Rodríguez de Santiago.
No obstante, la empresa sigue
enfrentándose a la que podría ser su primera sanción, ya que está
pendiente de resolverse otra demanda presentada por el Gobierno de la
Comunidad de Madrid (región), que abrió tres expedientes el año pasado a
BlaBlaCar, presente en 22 países y con 35 millones de usuarios globales.
Dos
de ellos se deben a sendos conductores que, según una inspección,
incurrieron en beneficio ilícito. El otro es por operar presuntamente
"sin licencia habilitante". Comuto Iberia apeló por la vía
administrativa y, si pierde, tendría que abonar una multa de 8.803
euros.
A la espera de una decisión definitiva, y como
parte de su estrategia de defensa, BlaBlaCar demandó a finales de 2016 a
las autoridades madrileñas ante la Comisión Europea, "por ver vulnerado
su derecho a la libre prestación de servicios y su libertad de
establecimiento dentro del territorio de la Unión Europea".
La
demanda "está admitida a trámite y la están examinando" en Bruselas,
comentó un abogado de BlaBlaCar en España, Juan Manuel
Rodríguez Cárcamo.
Jaime Rodríguez de Santiago indicó que
su empresa afronta el caso con confianza. "Los argumentos que
presentamos ante la Comunidad de Madrid son en esencia los mismos a los
que ha dado razón el juez" de lo mercantil en el litigio con Confebús,
subrayó.
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